En materia de Orientación Ideológica y Sindical, además de las establecidas en el Artículo 91, fracción VIII del presente Estatuto en su ámbito de competencia, las siguientes:Conocer e intervenir en los asuntos relacionados con la Orientación ideológica y sindical de los agremiados y organizaciones adherentes.Promover a nivel seccional, toda clase de eventos, tendientes a fortalecer la formación ideológica de los agremiados y organizaciones adherentes.Promover actividades y publicaciones que faciliten el cumplimiento de las finalidades y programas de orientación ideológica, sindical y política del Sindicato y organizaciones adherentes.Impulsar nuevos liderazgos comprometidos con la nueva cultura sindical.SRIO DE ORIENTACION IDEOLOGICA SINDICAL.- Profr. Jesús EleazarSánchez Flores.
martes, 27 de mayo de 2008
FORMACION Y CAPACITACION SINDICAL
V.-En materia de Formación y Capacitación Sindical, además de las que se establecen en el Artículo 91, fracción VII del presente Estatuto en su ámbito de competencia, las siguientes:Aplicar los cursos, seminarios, talleres y foros que diseñe el Comité Ejecutivo Nacional, que profesionalicen el quehacer sindical de los dirigentes en todos los niveles de la estructura de la organización.Impulsar la formación, capacitación, actualización y superación profesional sindical de manera integral, permanente y progresiva, considerando deberes y compromisos éticos que contribuyan a fortalecer la nueva cultura sindical.Orientar la formación hacia la vocación de servicio, la responsabilidad, la eficiencia, la eficacia, la transparencia y rendición de cuentas de los dirigentes sindicales.Difundir y promover los documentos básicos del Sindicato: la Declaración de Principios, Programa y Medios de Acción, Estatuto y Código de Ética.Profr. Manuel Guzmán Cota.-Srio de Formación y Capacitación Sindical
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ARTICULO EN EL QUE SE FUNDAMENTA EL COLEGIADO DE FORMACION SINDICAL EN NUESTROS ESTATUTOS
Artículo 151. Son atribuciones y obligaciones del Colegiado Seccional de Formación Sindical, además de las establecidas por el Artículo 91 del presente Estatuto, en su ámbito de competencia, las siguientes:
Diseñar y planear en coordinación con el IEESA, la escuela de formación y profesionalización sindical en todos los niveles de la estructura seccional, bajo programas de formación, capacitación, actualización y superación sindical para los agremiados, dirigentes y organizaciones adherentes, cuidando el seguimiento y evaluación de los mismos;
Orientar los programas de formación sindical en las vertientes: consolidación de la democracia interna, apropiación de la materia de trabajo, luchar por un México mejor y formación de la ciudadanía universal, entre otras;
Mantener y ampliar convenios interinstitucionales con universidades, sindicatos y otras organizaciones, que coadyuven en el desarrollo conceptual y metodológico de la dirigencia sindical;
Realizar investigaciones y estudios comparados sobre las condiciones económicas, laborales, políticas y sociales de los trabajadores de la educación, que permitan al Sindicato la implementación de estrategias y tácticas adecuadas en cada momento de su quehacer sindical;
Diseñar y planear en coordinación con el IEESA, la escuela de formación y profesionalización sindical en todos los niveles de la estructura seccional, bajo programas de formación, capacitación, actualización y superación sindical para los agremiados, dirigentes y organizaciones adherentes, cuidando el seguimiento y evaluación de los mismos;
Orientar los programas de formación sindical en las vertientes: consolidación de la democracia interna, apropiación de la materia de trabajo, luchar por un México mejor y formación de la ciudadanía universal, entre otras;
Mantener y ampliar convenios interinstitucionales con universidades, sindicatos y otras organizaciones, que coadyuven en el desarrollo conceptual y metodológico de la dirigencia sindical;
Realizar investigaciones y estudios comparados sobre las condiciones económicas, laborales, políticas y sociales de los trabajadores de la educación, que permitan al Sindicato la implementación de estrategias y tácticas adecuadas en cada momento de su quehacer sindical;
COLEGIADO DE FORMACION SINDICAL
INTEGRANTES
CAPACITACION SINDICAL.......MANUEL GUZMAN COTA
CONCILIACION SINDICAL.....YOLANDA GPE. ZATARAIN
OSUNA.
ORIENTACION IDEOLOGICA......JESUS ELEAZAR SANCHEZ FLORES.
ACERVO HISTORICO SINDICAL......CARLOS A. REA CAMACHO.
CAPACITACION SINDICAL.......MANUEL GUZMAN COTA
CONCILIACION SINDICAL.....YOLANDA GPE. ZATARAIN
OSUNA.
ORIENTACION IDEOLOGICA......JESUS ELEAZAR SANCHEZ FLORES.
ACERVO HISTORICO SINDICAL......CARLOS A. REA CAMACHO.
SRIA DE CONCILIACION SINDICAL.- Profra. Yolanda Gpe. Zatarain Osuna
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgSMeyfWkURgCS-7DnDyodUTjXoF6dfTHozezdINLg97j3aM-cNX_VqUT4TLbJ0e8Fg3wQ-IXr97eOe-e9jWALN8vFdPIC7KJv5n2BfwbSrX8FycL8n-NOaHFNkUsEIzYzUPEEsTlwpp-g/s220/agenda.gif)
Resolutivos de la XXIII sesión extraordinaria del Consejo Nacional del SNTE en Tijuana BC
CONCILIACION SINDICAL
VIII.-En materia de Conciliación Sindical seccional, además de la establecidas en el Artículo 91, fracción X del presente Estatuto, en el ámbito de su competencia, las siguientes:
a.-Intervenir, previo acuerdo con el Secretario General, en los casos de desavenencia en el trabajo sindical y profesional a fin de conciliar las actividades de los miembros de la Sección y fortalecer la unidad de la misma.
b.-Realizar las acciones conciliatorias necesarias entre los miembros de la Sección, entre éstos y sus representantes, a fin de mantener la unidad sindical.
c.-Proponer a la Secretaría General, las medidas de conciliación posibles en los casos de conflicto entre los órganos de gobierno seccional, regional, delegaciones y de representación de centros de trabajo y entre los órganos de gobierno y la autoridad educativa o laboral según la naturaleza del conflicto.
d.-Llevar a cabo una labor permanente de advenimiento y conciliación entre las partes, utilizando los mejores argumentos a fin de lograr la solución de controversias por la vía del diálogo, la negociación y el acuerdo.
e.-Las demás que le confiera la Secretaría General.
a.-Intervenir, previo acuerdo con el Secretario General, en los casos de desavenencia en el trabajo sindical y profesional a fin de conciliar las actividades de los miembros de la Sección y fortalecer la unidad de la misma.
b.-Realizar las acciones conciliatorias necesarias entre los miembros de la Sección, entre éstos y sus representantes, a fin de mantener la unidad sindical.
c.-Proponer a la Secretaría General, las medidas de conciliación posibles en los casos de conflicto entre los órganos de gobierno seccional, regional, delegaciones y de representación de centros de trabajo y entre los órganos de gobierno y la autoridad educativa o laboral según la naturaleza del conflicto.
d.-Llevar a cabo una labor permanente de advenimiento y conciliación entre las partes, utilizando los mejores argumentos a fin de lograr la solución de controversias por la vía del diálogo, la negociación y el acuerdo.
e.-Las demás que le confiera la Secretaría General.
Datos personales
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- Yoli1zter
- Este blog te lo presente como una manera de expresar mis ideas y publicaciones interesantes, notas de actualidad y artículos de columnistas que es bueno analizar.